A partir del 1 de Enero está previsto que entre en funcionamiento el nuevo proceso de tramitación de bajas medicas
Cuando se produce la baja médica de un trabajador por enfermedad o accidente, sea común o profesional, el médico le expide un parte de baja y sucesivos partes de confirmación los cuales tienen que ser entregados por el trabajador a la empresa en el plazo de 3 días, contados a partir del mismo día de la expedición.
En los procesos de duración estimada muy corta, el plazo de entrega es dentro de las 24 horas siguientes a su expedición.
En el momento de producirse el alta, el médico expide un parte de alta, que el trabajador deberá remitir a la empresa en las 24 horas siguientes a que haya sido expedido. Al trabajador le entregan 2 copias (una para él y otra para la empresa). El trabajador aportará a la empresa la copia correspondiente.
Los partes de confirmación de la baja se extenderán el cuarto día del inicio de la baja (siete días en caso de accidente de trabajo) y, sucesivamente mientras la misma se mantenga, en los siguientes plazos, en función de la duración prevista del proceso: