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Cotización de los Autónomos a partir del 01 de Julio de 2017

05/07/2017

La Ley de presupuestos Generales del Estado para 2017, incrementa a partir del 01.07.2017 las bases mínimas en la cotización de los trabajadores autónomos del 3% respecto a la vigente.

Queremos informarles que tras la aprobación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2017 en el Congreso, cuyo texto se había enviado al Senado y que se aprobó en la Ley de Presupuestos 2017 , a partir del pasado 29.06.2017 , se incrementa en un 3% aquellas bases de cotización de trabajadores autónomos que no experimentaron subida alguna, entre ellas la base mínima, i la base máxima de mayores de 47 años de edad , pero con efectos al primer día del mes siguiente al de su publicación; es decir, a partir del 1 de julio.

Este aumento supondrá que los trabajadores por cuenta propia que cotizan por la base mínima tendrán que cotizar 8 euros más al mes -96 euros al año-, ya que sube de 893,10 a 919,80 euros mensuales. De tal forma que, si el trabajador autónomo opta por todas las coberturas (cese de actividad incluido), deberá abonar una cuota de 291 euros mensuales.

La subida afecta asimismo a los autónomos que tengan 47 años en adelante y coticen por bases máximas, que se han incrementado en el mismo porcentaje que la base mínima, es decir pasa a ser de 2.023,50 € al mes a partir del 1 de Julio . No así la base máxima establecida para el resto de los trabajadores por cuenta propia, que se mantiene en la misma cantidad que la del Régimen General, ni la base mínima para los autónomos societarios, que ya se incrementó el 1 de enero en el mismo porcentaje del SMI –un 8%- y ahora se mantiene.

 

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